Los problemas no nos llegan hasta que rozan nuestra vida
Comentarios
@MARCE50
28/09/2011
Abria trajico de organos y te matarían para sacartelos, Nemo. Al haber impunidad total si yo necesito un riñon y tengo plata fabrico un accidente y luego de la muerte del negrito me hago del riñon.
No sangres por la erida Nemo, algún día a vos también te van a declarar pescado nacional. Deja que sigan "trabajando" que ya van a llegar, les quedan pocas estupideses por legislar.
@QUIQUERAF
28/09/2011
queridisimo NEMO, te trascribo la ley que rige desde el 2006, esta muy cercano a tus deseos
La donación de órganos con la nueva ley
Situación actual
La donación y el trasplante de órganos y tejidos se rige en Argentina por la Ley 24.193, que
desde el 22 de enero de 2006 incorpora las modificaciones introducidas por la Ley 26.066,
también conocida como Ley de Donante Presunto.
La nueva normativa establece que toda persona capaz y mayor de 18 años pasa a ser
donante de órganos y tejidos tras su fallecimiento, salvo que haya manifestado su
oposición. En tanto, la negativa es respetada cualquiera sea la forma en que se haya
expresado.
El artículo 19 bis que introduce el consentimiento presunto entró en vigencia en abril de
2006, luego de 90 días de implementada la campaña nacional de información para difundir
los cambios realizados a la Ley, lanzada por el Ministerio de Salud de la Nación a través
del Incucai.
@QUIQUERAF
28/09/2011
otra Nemo.
suponete que me muera (acordate que soy inmortal) , yo tengo mis órganos donados desde el año 80 maso, ¿que le puede servir a una nena de 6 años? NADA. Mi corazón ya tiene más de 60 años, todos mis órganos ya estan como en envase vencido. Es como dice PTT, deberia morir una craturita de maso la misma edad ( y en un accidente porque de una enfermedad grave creo que ya los organos no sirven) para que le toque el corazón a la otra criaturita.
@QUIQUERAF
29/09/2011
la ley que esta en vigencia en el pais, dice que TODOS LOS MAYORES DE 18 AÑOS SON DONANTES DE ORGANOS, SALVO QUE DIGAN LO CONTRARIO (ellos por escrito antes de fallecer o sus parientes ). No puede haber una ley que obligue a un menor de 18 años a donar sus organos, eso está en la desición de sus padres. Es por eso que en ese rango de edad es donde más se nota la falta de órganos. No hay conciencia aun en donar los organos de un hijo tragicamente fallecido. Me pongo sentimentalmente a pensarlo y estoy de acuerdo en no querer tocar el cuerpito . Me pongo friamente a meditarlo y estoy en desacuerdo en no donar los órganos de mi hijito o nieto o lo que fuere familiarmente hablando. Es una cuestión muy privada, muy íntima y de terrible resolución para un padre-madre pensar, en el instante (despues ya no serviria el órgano) de la muerte de su hijito, en hacerlo abrir y sacar sus órganos para entregarlo (asi es de terrible el momento).Pero al mismo tiempo es terrible no dar la posibilidad de vida a otra criaturita que necesita de ese órgano para seguir viviendo.
@AGUSTIN
29/09/2011
Majito pide los majorresúmenes, yo una tradución al santoslugareño básico. ¡Ah! Con una versión al sanmartinense también me arreglo.
Agustín:)
@MARCE50
29/09/2011
Pescao, todos estamos de acuerdo en la filosofia, pero, tené en cuenta que el estado argentino no sirve para nada y que el poder es del que tiene plata. Decime que menor queres violar y tenes una cotización al instante.Todavia hay chicos desaparecidos, esos desaparecidos pueden estar prostituyendose o muertos con los organos vendidos. Son temas dificiles y depres, si lo hubiese levantado yo ya me hubiesen censurado. Mientras tengas condenados libres o se demuestren delitos pero no delincuentes, o sea impunidad, no podes avanzar en mas de un tema.
La sociedad mira para otro lado cuando ve a Menen intocable, te podes imaginar que diputado va a lecionar otros intereses? Siguen debatiendo sobre los temas de homosexuales o sobre el Surubí, que no molesta a nadie.
Besos de tarariras.
M50
@QUIQUERAF
29/09/2011
Bueno, estimado Nero, parece que yo todo lo que escribí fue al reberendisimo pedo. No voy a defender politicos porque no me interesa, no es el tema y son grandes y se defienden (o no) solos. Te aclaré de entrada que solamente se puede legislar para mayores de 18 años (creo que ahora es para mayores de 16, me tengo que informar) . Todos ellos (todos absolutamente todos nosotros mayores de esa edad) SOMOS DONANTES. Salvo que algún familiar diga NO, NO QUIERO (COSA QUE CASI SIEMPRE EXISTE ) o que el muerto en uestión, antes de fallecer, haya dejado escrito que no quiere donar sus órganos (cosa que nunca existe o al menos no se informa de esa situación) Yo soy donante de organos desde maso el año 1980, y al mismo tiempo, luego de que me extraigan los organos que sirvan para algo (con mi edad ya no creo que eso ocurra) pedi por escrito que me incineren. El asunto menores de edad, que es donde más se nota la falta de órganos, y el sector de edad que más nos sencibiliza, NO SE PUEDE TOCAR NI LEGISLAR POR EL SIMPLE HECHO QUE SON MENORES. Vos decis que los padres no tendrian que dar el si o el no en ese terrible momento, pero ¿y quien se anima a decir SI? ¿un juez? naaaaaa ASI ESTAN LAS COSAS Y DESEO QUE ME LEAS. SOLO TE VUELCO LA INFORMACION SOBRE EL TEMA CON UN POCO DE MIS IDEAS.
@MARCE50
29/09/2011
Estoy arto de tener razon, no la quiero tener mas. No le importa a la casta politica porque no le importa a la sociedad, ellos hacen una buena lectura de nuestro interes. En Brazil sembraron escobas pidiendo que se acabe la corrupción. Acá parece que no hay?. Cuando aparezcan los chicos desaparecidos, cuando nos expliquen porque Grassi o Menen están libres, cuando nos expliquen como Cris y sus funcioarios se enriquesen gobernando recién ahí podremos discutir politicas que mejoren nuestra calidad de vida. Mientras, escondé todo bajo la alfombra.
Igualmente estimo mucho tus comentarios y comprendo tu dolor.
Abrazo sin tararira.
M50
@QUIQUERAF
29/09/2011
Situación actual
La donación y el trasplante de órganos y tejidos se rige en Argentina por la Ley 24.193, que
desde el 22 de enero de 2006 incorpora las modificaciones introducidas por la Ley 26.066,
también conocida como Ley de Donante Presunto.
La nueva normativa establece que toda persona capaz y mayor de 18 años pasa a ser
donante de órganos y tejidos tras su fallecimiento, salvo que haya manifestado su
oposición. En tanto, la negativa es respetada cualquiera sea la forma en que se haya
expresado.
El artículo 19 bis que introduce el consentimiento presunto entró en vigencia en abril de
2006, luego de 90 días de implementada la campaña nacional de información para difundir
los cambios realizados a la Ley, lanzada por el Ministerio de Salud de la Nación a través del INCUCAI
Manifestación de voluntad
Todas las personas mayores de 18 años pueden manifestar en forma expresa su voluntad
afirmativa o negativa respecto a la donación de los órganos y tejidos de su propio cuerpo, a
través de las siguientes vías:
- Firmar un acta de expresión en el Incucai, en los Organismos Jurisdiccionales de
Ablación e Implante de todo el país, o en la sección Documentación de la Policía
Federal.
- Asentarlo en el Documento Nacional de Identidad en las oficinas del Registro Civil
de todo el país. - Enviar un telegrama gratuito desde las dependencias del Correo Argentino de todo
el país (sólo para expresar oposición), cuyo texto es allí provisto.
En caso de manifestación afirmativa, la persona puede restringir la voluntad a la donación
de determinados órganos y tejidos y condicionar la finalidad de la donación. Es decir,
puede determinar cuáles son los órganos desea donar y con qué fines -trasplante o
investigación-. Cuando se autoriza la donación para investigación, los órganos se destinan a
ampliar el conocimiento científico sobre los trasplantes, siempre que exista un estudio en
curso.
Ausencia de manifestación de voluntad
De no existir manifestación expresa ni a favor ni en contra, la ley presume que la persona es
donante. En ese caso, en el momento de la muerte, el Incucai o el organismo responsable
solicita testimonio a la familia sobre la última voluntad del fallecido respecto a la donación
de sus órganos y tejidos.
Sólo cuando la persona no haya dejado constancia expresa, los familiares directos son
quienes dan cuenta de la voluntad respecto a la donación de órganos, y ésta debe condecir
con la última voluntad del fallecido.
Menores de 18 años
Ante el fallecimiento de menores de 18 años no emancipados, sólo los padres o
representantes legales pueden decidir sobre la donación y autorizar o no la ablación de
órganos y tejidos.
La iniciativa establece que esa autorización queda registrada en una declaración jurada y
que, en ausencia de las personas mencionadas, es el ministerio público el que puede autorizar la donacion.-
@AGUSTIN
29/09/2011
A todo eso antepongan lo más importante ¡la compatibilidad biológica! Muchas veces aparecen los donantes pero la compatibilidad dice que no es posible el trasplante.
Agustín:)
@QUIQUERAF
29/09/2011
eso, fundamentalmente con el si o el no del presunto donante, esta , como bien nos recuerda Agustin, la compatibilidad del organo. Se han dado casos de rechazo, incluso, a los pocos dias del transplante.
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@ALBERTO2021 - Miércoles 27/11/2024
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