Puedo continuar trabajando despues de jubilarme ?
Escrito por
@SAND
Esta es una de las consultas que nos hacemos a la hora de tramitar nuestro beneficio jubilatorio.
Aca tenemos que diferenciar si es actividad privada o publica empleado estatal o tareas sujeta a regimenes especiales , diferenciales ejemplo los docentes.
Si trabajo en la actividad privada y el empleador quiere que continue trabajando puedo hacerlo, Si puedo se inicia una nueva relacion laboral y los aportes ingresan al fondo Nacional de desempleo.
Si trabajo en la actividad publica No puedo seguir prestando servicios en la actividad publica, si puede ser una actividad privada.
Si presto servicios diferenciales por ejemplo docente u otro regimen diferencial No puedo continuar en esa actividad .
Cualquier duda o consulta me escriben, Abrazo
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